Nueva obligación para empleadores de hogar: Evaluación de riesgos laborales desde el 14 de noviembre

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Desde el 14 de noviembre, las personas empleadoras de trabajadores y trabajadoras del hogar deben realizar una evaluación de riesgos laborales en el domicilio.
Este requisito se activa tras los seis meses transcurridos desde el lanzamiento de la plataforma oficial prevencion10.es, el sistema gratuito habilitado por el Ministerio de Trabajo y Economía Social para facilitar el cumplimiento de esta obligación.

¿En qué consiste exactamente la nueva obligación?

Los empleadores deben revisar las condiciones del domicilio en el que se desarrolla la actividad, analizando aspectos como:

  • Sujeción de mobiliario y elementos pesados.
  • Productos y químicos utilizados para la limpieza.
  • Condiciones de ventilación e iluminación.
  • Manipulación de cargas o tareas que puedan generar esfuerzo físico.
  • Disponibilidad de elementos básicos de protección, como guantes.

La plataforma guía paso a paso todo el proceso y, al finalizar, genera un informe PDF que debe conservarse.

Qué deben hacer los empleadores

  1. Realizar la evaluación de riesgos mediante prevencion10.es o a través de un servicio de prevención ajeno.
  2. Guardar la documentación por si la Inspección de Trabajo la solicita.
  3. Informar a la persona empleada sobre los riesgos identificados y las medidas adoptadas.
  4. Aplicar las medidas preventivas necesarias para eliminar o reducir riesgos.

La autoevaluación puede completarla el propio empleador, un familiar (en caso de dificultad digital) o una empresa especializada.

Sanciones por incumplimiento

No realizar la evaluación o no informar correctamente puede considerarse:

  • Infracción leve, con sanciones de hasta 2.450 €.
  • Infracción grave, con sanciones que pueden llegar a 49.180 €, según las circunstancias.

Cómo podemos ayudarte desde SIGE

Desde SIGE ofrecemos asesoramiento para:

  • Entender exactamente qué exige esta nueva normativa.
  • Realizar correctamente la autoevaluación.
  • Interpretar el informe generado.
  • Implementar las medidas preventivas necesarias.

Si tienes dudas sobre cómo cumplir esta obligación o necesitas acompañamiento en el proceso, podemos ayudarte de forma clara y sencilla.