Novedades al domiciliar impuestos: atención a los nuevos plazos

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Domiciliar el pago de impuestos es una práctica habitual entre empresas y profesionales, ya que permite automatizar el ingreso de ciertas autoliquidaciones periódicas y evitar olvidos. Sin embargo, recientemente Hacienda ha introducido una novedad importante que afecta directamente a los plazos para realizar esta domiciliación bancaria.

Cómo funciona la domiciliación de impuestos

Al presentar una autoliquidación con resultado a ingresar —como los modelos 303, 111, 115 o 202— es posible optar por realizar el pago en ese mismo momento o bien domiciliarlo para que se cargue automáticamente en la cuenta bancaria indicada el último día del plazo de declaración.

Para ello, Hacienda fija un plazo específico para solicitar la domiciliación de impuestos que suele acabar unos días antes del plazo general de presentación. En impuestos trimestrales, por ejemplo, el pago puede domiciliarse hasta el día 15, mientras que el modelo puede presentarse hasta el día 20.

¿Qué ha cambiado?

Hasta ahora, si el último día del plazo de declaración era inhábil, tanto el plazo para declarar como el de domiciliar se ampliaban de forma proporcional. Sin embargo, la nueva regulación establece un límite a esta extensión automática del plazo para domiciliar. A partir de ahora:

  • Debe haber un mínimo de tres días hábiles o cinco días naturales entre el fin del plazo de domiciliación y el de declaración.
  • Se considerarán inhábiles los sábados, domingos y las festividades nacionales, autonómicas o locales de Madrid (por ser la sede del Departamento de Informática de la AEAT).

Esto significa que, en determinadas circunstancias, el plazo para presentar la declaración podrá ampliarse, pero no necesariamente el de la domiciliación.

Qué implica para tu empresa

Es fundamental tener en cuenta estos nuevos criterios al planificar la presentación de impuestos. La separación mínima entre fechas impide que la domiciliación de impuestos se amplíe de forma automática en algunos casos, lo que puede llevar a errores o a la pérdida de la posibilidad de domiciliar el pago si no se actúa con previsión.

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