Enero es un mes clave para las empresas, ya que marca el inicio del nuevo año fiscal y la obligación de cumplir con diversas responsabilidades tributarias, laborales y contables. Durante este período, las organizaciones deben presentar distintos modelos y reportes ante las administraciones públicas, asegurándose de que cumplen con la normativa vigente. Estos trámites no solo son esenciales para evitar sanciones, sino también para garantizar la transparencia y la correcta planificación del año fiscal. En SIGE, te contamos las obligaciones fiscales de este mes.
Hasta el 20 de enero.
Renta y Sociedades.
Retenciones e ingresos a cuenta relacionados con rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios, determinadas ganancias patrimoniales, alquileres de inmuebles urbanos, rendimientos de capital mobiliario, así como rentas obtenidas por no residentes sin establecimiento permanente y operaciones vinculadas a personas autorizadas o saldos en cuentas.
- Diciembre 2024. Grandes empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230
- Cuarto trimestre 2024: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 136, 210, 216
IVA.
Presentación del modelo 039 para comunicar incorporaciones al régimen especial del grupo de entidades en diciembre. Además, presentación del modelo 308 para solicitar devoluciones de IVA en el régimen simplificado por la compra de medios de transporte destinados al transporte de viajeros o mercancías por carretera.
Impuesto sobre las Primas de Seguro.
El modelo 430 está relacionado con el Impuesto sobre Primas de Seguros y debe presentarse en enero de 2025 para liquidar las operaciones correspondientes al cuarto trimestre de 2024. Este modelo es obligatorio para las entidades aseguradoras y consiste en declarar e ingresar el gravamen aplicable sobre las primas de seguros suscritas durante el periodo correspondiente. Es importante cumplir con este trámite dentro del plazo establecido para evitar sanciones o recargos.
Impuestos Especiales de Fabricación
- Modelos 561, 562, 563: Declaración del IVA para grandes empresas, correspondientes a liquidaciones de actividades específicas.
- Modelos 521, 522, 547: Declaración del IVA y de retenciones del cuarto trimestre de 2024, incluyendo operaciones intracomunitarias.
- Modelo 553: Para empresas que llevan su contabilidad en soporte papel, relacionadas con actividades específicas (V1, F1).
- Modelos 506, 507, 508, 524, 572: Solicitudes de devolución de IVA u otros impuestos.
- Modelo 510: Declaración de operaciones realizadas por destinatarios registrados y representantes fiscales en la UE.
Cada modelo tiene un propósito específico y debe presentarse dentro de los plazos establecidos para evitar sanciones.
Impuesto Especial sobre la Electricidad.
- Diciembre 2024. Grandes empresas: 560
- Cuarto trimestre 2024. Excepto grandes empresas: 560
Impuestos Medioambientales.
En enero de 2025, las empresas deben cumplir con varias autoliquidaciones e informes fiscales:
- Modelo 592: Relativo al Impuesto Especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Se realiza la autoliquidación de este impuesto correspondiente al año anterior.
- Modelo 587: Autoliquidación del Impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero correspondiente al cuarto trimestre de 2024.
- Modelo A23: Solicitud de devolución para el Impuesto sobre los gases fluorados y presentación de la contabilidad de existencias.
- Modelo A22: Solicitud de devolución del Impuesto sobre los envases de plástico no reutilizables del cuarto trimestre de 2024.
- Modelo 584: Autoliquidación del Impuesto sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica.
- Modelo 585: Autoliquidación anual del Impuesto sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos en instalaciones centralizadas.
Impuesto Especial sobre el Carbón
- Cuarto trimestre 2024: 595
- Año 2024. Declaración anual de operaciones: 596
Impuestos sobre las Transacciones Financieras
- Diciembre 2024: 604
Hasta el 30 de enero
Pagos fraccionados Renta
En enero de 2025, se presentan los modelos correspondientes al cuarto trimestre de 2024:
- Modelo 130: Autoliquidación del IRPF para quienes están en estimación directa.
- Modelo 131: Autoliquidación del IRPF para quienes están en estimación objetiva (módulos).
Ambos modelos deben presentarse para cumplir con los pagos fraccionados del IRPF.
IVA
En enero de 2025, las empresas deben presentar diversas autoliquidaciones y declaraciones correspondientes a diciembre de 2024 y el cuarto trimestre de 2024:
- Modelo 303: Autoliquidación del IVA correspondiente a diciembre de 2024 y al cuarto trimestre de 2024.
- Modelo 322: Grupo de entidades: autoliquidación individual del IVA para grupos fiscales.
- Modelo 349: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias correspondiente a diciembre de 2024 y al cuarto trimestre de 2024.
- Modelo 353: Grupo de entidades: autoliquidación agregada del IVA para grupos fiscales.
- Modelo 380: Operaciones asimiladas a importaciones para diciembre de 2024 o todo el año 2024.
- Modelo 309: Declaración-liquidación no periódica del IVA del cuarto trimestre de 2024.
- Modelo 390: Resumen anual del IVA de 2024.
- Modelo 308: Solicitud de devolución de recargos de equivalencia a viajeros.
- Modelo 318: Regularización de la tributación de periodos anteriores al inicio de actividades habituales.
- Modelo 341: Reintegro de compensaciones en el régimen especial de agricultura, ganadería y pesca.
- Modelos 036/037: Opción o revocación de la prorrata especial para 2025, si la actividad comenzó en el último trimestre de 2024.
Todos estos modelos deben presentarse en enero para cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes a 2024 y garantizar la correcta liquidación y devolución de impuestos.
Impuestos medioambientales.
Se debe presentar el modelo 593 correspondiente al cuarto trimestre de 2024 para la autoliquidación del Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos. Este impuesto aplica a las empresas que gestionan o realizan estas actividades y deben declarar y liquidar el impuesto correspondiente al último trimestre del año.
Hasta el 31 de enero.
Las empresas y contribuyentes deben cumplir con diversas obligaciones fiscales y declaraciones correspondientes a la renta, el IVA, impuestos medioambientales, y más. A continuación, se presentan los modelos y sus características clave:
Renta y Sociedades:
- Modelos 180, 188, 190, 193, 194, 196, 270: Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios, ganancias patrimoniales, rentas de alquiler, capital mobiliario, etc.
Renta de No Residentes:
- Modelo 213: Gravamen especial sobre inmuebles de entidades no residentes.
- Modelo 296: Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de no Residentes sin establecimiento permanente.
Operaciones con Activos Financieros:
- Modelo 192: Declaración anual de operaciones con Letras del Tesoro.
- Modelo 198: Declaración anual de operaciones con activos financieros.
IVA:
- Modelos 036/037: Renuncia o revocación de regímenes simplificados para agricultura, ganadería y pesca para 2025 y años sucesivos.
- Modelo 369: Ventanilla única para los regímenes de importación y el régimen exterior de la UE (diciembre 2024 y cuarto trimestre 2024).
- Modelo 490: Impuesto sobre los Servicios Digitales, cuarto trimestre de 2024.
Impuestos Medioambientales:
- Modelo 593: Impuesto sobre envases de plástico no reutilizables, incluyendo la presentación de la contabilidad y el libro de existencias (diciembre y cuarto trimestre de 2024).
Otras Declaraciones Informativas:Modelos 165, 171, 172, 173, 181, 182, 184, 187, 233, 235, 238, 281, 291, 345, 379: Declaraciones informativas sobre una amplia gama de operaciones, como préstamos inmobiliarios, donaciones, acciones en Instituciones de Inversión Colectiva, gastos en educación infantil, comercio en la zona especial canaria, cuentas de no residentes, planes de pensiones, entre otras.